Comunicado de Acción Totana tras la manifestación en contra de la gasolinera en el barrio de Triptolemos

Pregunta de Acción Totana al pleno del mes de febrero de 2021

Tras la manifestación vecinal en contra de la implantación de una gasolinera en el barrio de Triptolemos y el apoyo masivo de todos los grupos políticos y la propia Alcaldía, habría que recordar que la propia Corporación Municipal de Totana introdujo en el PGOU para su aprobación, limitaciones para la implantación de estas estaciones de servicio en el casco urbano en su Art. 98.1 y 2 de las Normas Urbanísticas:

98.1.- En suelo urbano de uso global residencial no se implantarán nuevas instalaciones de suministro de combustible.

- La distancia mínima a edificaciones de uso dotacional o equipamiento de tipo: educativo, asistencial, sanitario, cultural o deportivo, existentes o previstos en el planeamiento será de 200 mts.

98.2.- Condiciones de acceso, diseño y circulación interior: La distancia mínima radial a edificaciones de otros usos situados dentro de la misma parcela será de 25 metros y a otras parcelas será de 35 metros, estas distancias se medirán desde el centro geométrico de cada uno de los tanques de almacenamiento de combustible o de los postes surtidores, según sea el punto más desfavorable”.

Por tanto, hasta el PGOU expone claramente la linea legal que nuestro Ayuntamiento debería seguir al respecto, y no entendemos el motivo por el que no se anteponen estas medidas en defensa de la salud y la seguridad de los vecinos de Totana contra cualquier otro argumento legal. Más aun, cuando la última palabra al respecto, la tiene el Sr. Alcalde.

En muchos municipios ya existe una ordenanza que regula la distancia para implantar estaciones de servicio con respecto a otros servicios, viviendas o colegios y exigen 200 metros. Hay diversos estudios, como el de la Universidad de Murcia del Profesor de Ingeniería Química, D. Enrique González, que concluyen en que existe un área de influencia máxima próxima a 100 metros, aunque la media de distancias en que ya afecta la contaminación es de unos 50 metros, por lo que debería respetarse una distancia mínima a viviendas de 50 metros y 100 metros para actividades especialmente vulnerables.

Pregunta: ¿Tienen previsto hacer algo legalmente en base a sus propios compromisos plenarios, la legislación nacional vigente y sus competencias, aparte de pasearse con el vecindario afectado por la ciudad y dejarlo a su suerte?. Muchas gracias.

Juan C. Carrillo