El ayuntamiento regula un reglamento para la prestación y funcionamiento del Servicio de Apoyo Material a las asociaciones de Totana

Las Concejalías de Participación Ciudadana y Juventud han regulado un reglamento, aprobado por la Junta Local de Gobierno, para la prestación y funcionamiento del Servicio de Apoyo Material (SAM) a las asociaciones y entidades de Totana para el desarrollo de actividades sin ánimo de lucro.

Este servicio de apoyo material consistía en el préstamo gratuito de material audiovisual, ordenadores portátiles, equipos de megafonía, banderas, paneles, PIM, etcétera, para el desarrollo de actividades a entidades inscritas en el registro Municipal de Entidades y Asociaciones del Ayuntamiento de Totana, cuya demanda ha aumentado considerablemente así como el perfil del demandante.

En este sentido, se hacía necesario arbitrar una modificación de las directrices existentes a fin de adaptarse a la nueva realidad social así como para promover una gestión eficaz y un servicio de calidad.

Entre los criterios básicos de las directrices que regulan el préstamo de materiales del SAM, es necesario que las actividades a realizar con el material solicitado sean sin ánimo de lucro.

Además, con anterioridad a la solicitud y utilización de un material, el usuario deberá conocer el funcionamiento del Servicio de Apoyo Material, las normas de uso de los materiales así como comprobar las condiciones y características del material que desea utilizar y su disponibilidad.

De igual forma, las solicitudes deberán realizarse, como mínimo, 7 días laborables antes de las fechas previstas para la realización de la actividad (a tal efecto no se computarán como días ni los sábados ni festivos). En el caso del PIM y paneles, deberán realizarse con una antelación de 15 días naturales.

También se podrá realizar la solicitud a través de vía presencia en la concejalía de participación ciudadana o vía electrónica a través de la propia web del Ayuntamiento de Totana www.totana.es. En el caso del PIM, una vez cumplimentada la solicitud, deberán presentarla en el Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento en horario de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes.

De igual forma, sin la comunicación de la decisión adoptada sobre concesión o no del préstamo de material no se podrá hacer uso del mismo. La anulación de la solicitud por parte del solicitante será comunicada a la concejalía de participación ciudadana con una antelación mínima de dos días antes de las fechas previstas para la retirada del material. A este efecto no se computarán ni sábados ni festivos.

Para la retirada y devolución del material se acudirá a la Concejalía de Participación Ciudadana en día laborable (no computan ni sábado ni festivo) y en horario de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, salvo que la comunicación determine alguna otra condición.

El reglamento recoge que correrá a cargo de la persona solicitante o representante de la entidad colectiva solicitante, el desplazamiento y transporte del material prestado tanto para la retirada como para la devolución, a excepción del PIM y paneles.

El solicitante o la entidad reflejada en la solicitud será a todos los efectos el responsable ante el Ayuntamiento de todos lo daños, perjuicios e incumplimientos que se produzcan, debiendo además reponer las piezas rotas o hacerse cargo de su reparación.

En caso de rotura, el solicitante dispondrá de diez días, desde la notificación al respecto, para realizar el ingreso bancario correspondiente para saldar los gastos de reparación. En caso de pérdida o robo, el solicitante deberá reponer el material, siendo éste nuevo. Además deberá entregar en el Servicio de Apoyo Material copia de la correspondiente denuncia de robo formulada ante la autoridad competente.

Todas las personas físicas o jurídicas a las que se autorice el préstamo de material deberán cumplir con las indicaciones generales contenidas en estas normas y, en concreto:

  • Si se realiza alguna publicidad sobre la actividad en la que se utiliza el material prestado, siempre constará en ella la colaboración del Ayuntamiento de Totana, debiendo incluir el escudo del Ayuntamiento y el texto que se le indique.
  • El solicitante se compromete a recoger y devolver el material solicitado en la fecha y horario estipulados. El retraso en la devolución del material supondrá su respectiva sanción.
  • Utilizar el material de acuerdo con sus características.
  • Encargarse de la custodia, mantenimiento y limpieza del material y devolverlo limpio y en perfectas condiciones de uso en la fecha estipulada.
  • El solicitante se compromete a efectuar un buen uso del material solicitado, asumiendo los costes de cuantas reparaciones sean necesarias por un incorrecto uso del mismo.
  • No se podrá disponer del material para más de diez días dentro del mismo mes. No se podrá solicitar el material para más de tres meses consecutivos. Agotado este período tendrán preferencia de uso otros solicitantes.
  • Para el préstamo del material será preciso que la entidad o persona solicitante garantice la existencia de una persona conocedora de su funcionamiento para su instalación y desactivación.
  • El material prestado no se podrá ceder a terceros, ni total ni parcialmente.
  • Comunicar a la Concejalía de Participación Ciudadana cualquier anomalía, incidencia o problema que surja o se detecte en el material prestado (pérdida, desperfectos, suciedad, retraso en devolución, etc.) tan pronto como sea posible. Esta comunicación no exime al solicitante de las responsabilidades que debe asumir como consecuencia de las incidencias acaecidas.
  • En su caso, abonar las tasas o fianzas que correspondan.
  • El Ayuntamiento no se hace responsable del mal uso de los materiales prestados.
  • El solicitante deberá satisfacer cuantas multas o sanciones de toda índole, incluso derivadas de responsabilidad civil, judicial o administrativa, le sean impuestas en razón de la utilización y disfrute del material.