Se acuerda la firma de un convenio de colaboración con clínicas veterinarias de Totana para la realizar la campaña de identificación de animales de compañía

La Junta Local de Gobierno ha aprobado recientemente la propuesta conjunta de las concejalías de Sanidad y Protección Animal para la firma del convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Totana y clínicas veterinarias del municipio de Totana para la realización de la campaña de identificación de animales de compañía (perros, gatos y hurones).

La Ley 6/2017, de 8 de noviembre, de Protección y Defensa de los Animales de Compañía de la Región de Murcia, tiene como finalidad lograr el máximo nivel de protección y bienestar de los animales de compañía, y favorecer una responsabilidad más elevada y una conducta más cívica de la ciudadanía en la defensa y la preservación de los animales.

Con esta iniciativa, se promueven, entre otras, el fomento de la tenencia responsable, la lucha contra el abandono, las campañas de identificación y esterilización de los animales, estableciendo los conciertos necesarios con los veterinarios clínicos de los animales de compañía.

Esta iniciativa se desarrolla dado que el Ayuntamiento dispone de las partidas presupuestarias necesarias para la realización de actuaciones en salud pública, sanidad y conciencia de tenencia de animales de compañía; y dado que en el municipio de Totana, existen en la actualidad cinco centros veterinarios dedicados a los animales de compañía.

Además, se promueve, teniendo en cuenta que el artículo 4.2 de la Ley 6/2018, establece la obligatoriedad por parte de los propietarios de animales de compañía, de tener debidamente identificado el animal en la forma y condiciones impuestas por la normativa aplicable, así como inscribirlos en los registros correspondientes.

La ordenanza municipal sobre Protección y Defensa de los Animales de Compañía, en su artículo 11, establece la obligatoriedad de la identificación de los animales de compañía mediante la implantación de microchip electrónico.

Así, la Ley 6/2018, en su artículo 14.2, establece que para perros, gatos y hurones, la identificación se llevará a cabo mediante la implantación de un identificador electrónico, acompañado del correspondiente documento de identificación.

El artículo 14.4, de la ley 6/2017, establece que serán los veterinarios habilitados, quienes llevarán a cabo la identificación de los animales, así como serán los responsables de la inclusión en el registro correspondiente de los datos relativos a los propietarios de los animales, identificación de los mismos, así como las enfermedades y tratamientos que reglamentariamente se establezcan, tal como se establece en el artículo 15 de la citada ley.