Estas son las condiciones en las que deben desarrollarse las actividades de hostelería y restauración durante la desescalada

La Concejalía de Comercio del Ayuntamiento de Totana informa de las condiciones en las que deben desarrollarse las actividades de hostelería y restauración, así como de las medidas más relevantes a adoptar durante la desescalada a partir de esta semana.

Se recuerda que las actividades de hostelería y restauración podrán realizarse mediante servicios de entrega a domicilio y mediante la recogida de pedidos por los clientes, quedando prohibido el consumo en el interior de los establecimientos.

En los servicios de entrega a domicilio, podrá establecerse un sistema de reparto preferente para personas mayores de 65 años, dependientes o colectivos más vulnerables.

En los servicios de recogida en el establecimiento, el cliente deberá realizar el pedido por teléfono y el establecimiento fijará un horario de recogida del mismo.

Los establecimientos solo podrán permanecer abiertos al público durante el horario de recogida de pedidos.

Medidas de prevención de riesgos para el personal:

· El titular de la actividad económica deberá cumplir, en todo caso, con las obligaciones de prevención de riesgos establecidas en la legislación vigente, tanto con carácter general como de manera específica para prevenir el contagio del COVID-19, asegurándose de que todos los trabajadores cuenten con equipos de protección individual adecuados al nivel de riesgo, compuestos al menos por mascarillas y de que tengan permanentemente a su disposición en el lugar de trabajo geles hidroalcohólicos y jabones para la limpieza de manos.

Medidas higiénicas para los clientes y aforo:

1. El titular de la actividad hostelera deberá poner a disposición de los clientes geles hidroalcohólicos a la entrada del establecimiento y papeleras con tapa de accionamiento no manual a la salida del mismo.

2. El tiempo de permanencia en los establecimientos en los que se lleve a cabo la recogida de pedidos será el estrictamente necesario para que los clientes puedan realizar la recogida de los mismos.

3. En los establecimientos en los que sea posible la atención personalizada de más de un cliente al mismo tiempo, deberá señalarse de forma clara la distancia de seguridad de dos metros entre clientes. En todo caso, la atención a los clientes no podrá realizarse de manera simultánea a varios clientes por el mismo trabajador.

4. En caso de que no pueda atenderse individualmente a más de un cliente al mismo tiempo, el acceso al establecimiento se realizará de forma individual, no permitiéndose la permanencia en el mismo de más de un cliente.