Bando de alcaldía sobre condiciones de apertura de terrazas de hostelería durante la fase I de desescalada en Totana

Considerando que en las condiciones establecidas por el Gobierno de la Nación para la reapertura al público de las terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración cuando las circunstancias permitan el pase a la fase 1 se limitarán al cincuenta por ciento de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal.

O que en todo caso, deberá asegurarse que se mantiene la debida distancia física de al menos dos metros entre las mesas o, en su caso, agrupaciones de mesas si el establecimiento de hostelería y restauración obtuviera el permiso del Ayuntamiento para incrementar la superficie destinada a la terraza, se podrán incrementar el número de mesas previsto en el apartado anterior, respetando, en todo caso, la proporción del cincuenta por ciento entre mesas y superficie disponible y llevando a cabo un incremento proporcional del espacio peatonal en el mismo tramo de la vía pública en el que se ubique la terraza.

Se hace saber que para efectuar dicha ampliación mientras que se mantengan estas condiciones, los titulares de los establecimientos interesados DEBERÁN PRESENTAR UNA SOLICITUD de ampliación del espacio ocupado ante el negociado de actividades, aportando consigo un croquis o boceto que señale el área adicional del que se pretende disponer.

A cuyo efecto se pueden presentar los siguientes tres casos de ampliación de terrazas: 

1. Ampliaciones sobre espacio público de plaza o acera En estos casos, se distribuirá el área proyectando la terraza hacia la plaza en que se encuentre, o ampliando hacia zonas laterales que se encuentren fuera de la línea de fachada del local. No deberá afectarse el tránsito y circulación de peatones en estos casos 

2. Ampliaciones sobre espacio público de calzada (Aparcamientos) Estos casos permiten la ampliación de terrazas sobre espacios colindantes a la terraza actual que se encuentran sobre la calzada y no afectan a un carril de circulación. En estos casos deberá instalarse la terraza con elementos de seguridad que impidan su invasión por parte de vehículos. A la solicitud se acompañarán imágenes de la solución adoptada, tomando como referencia las barreras que disponen los locales en C/Alberto Gray, pudiendo adoptarse otras soluciones como jardineras, maceteros, etc Requerirán de un estudio favorable por parte de Policía Local 

3. Ampliaciones sobre vías de circulación. Corresponden a casos donde, bien por limitaciones físicas, o por no poder garantizarse el espacio suficiente entre mesas por la presencia de otras terrazas colindantes, resulta necesaria la ocupación de parte o la totalidad de la vía de circulación de vehículos. En estos casos se aportará un croquis donde aparezca la zona de la vía que quedaría ocupada. Además, deberán especificarse los elementos de seguridad por parte del local, que se colocarán para asegurar la terraza del resto de la vía pública. Requerirán OBLIGATORIAMENTE de un estudio favorable por parte de Policía Local, además de su aprobación conjunta en la mesa de peatonalización, que se reunirá de forma extraordinaria para dar curso a estos expedientes.